lunes, 23 de julio de 2012

Urge Mov. Progresista al TEPJF con excitativa de justicia


El Movimiento Progresista presentará ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) una excitativa de justicia*, para que el IFE resuelva varios procedimientos sobre rebase y financiamiento ilegal contra el candidato priista Enrique Peña Nieto.
Los representantes ante el IFE, Camerino Eleazar Márquez, del PRD; Ricardo Cantú Garza, del PT, y Juan Miguel Castro Rendón, del Movimiento Ciudadano, promoverán el recurso.
A través de este medio legal contra la demora para dictar sentencia se intentará que el IFE resuelva los procedimientos relativos al rebase de tope de gastos de campaña y al posible financiamiento encubierto del Partido Revolucionario Institucional (PRI) para impulsar ilegalmente la candidatura de Peña Nieto.
También el caso Monex, la distribución de tarjetas de la cadena de tiendas de autoservicio Soriana y otros asuntos que el Instituto Federal Electoral (IFE) tiene pendientes por resolver y que podrían impactar en la validez de la elección, abundó en un comunicado.
Entre las quejas que se solicita resuelva el IFE a través de sus direcciones correspondientes, se encuentran la Q-UFRPP 15/12 y sus acumulados Q-UFRPP 16/12, Q-UFRPP 22/12, Q-UFRPP 41/12 y Q-UFRPP 78/12, instaurados por un posible rebase de tope de gastos de campaña contra EPN.
La Q-UFRPP 42/12 y su acumulado Q-UFRPP 43/12 se refieren a la presunta contratación de propaganda en el extranjero a favor del ex gobernador mexiquense.
La Q-UFRPP 58/12 es relativa a la presunta distribución de tarjetas Monex; la Q-UFRPP 61/12, por las tarjetas Soriana; la Q-UFRPP 144/2012, por las tarjetas “Premium Platino”, y la Q-UFRPP 147/2012, respecto a tarjetas de prepago para realizar llamadas telefónicas denominada “La Tamaulipeca”
También la Q-UFRPP 234/2012 y la Q-UFRPP 233/2012, por la presunta aportación de recursos del Estado de Zacatecas, detalló el Movimiento Progresista.

*Excitativa de justicia.- herramienta legal que se puede presentar cuando el magistrado instructor del caso no dicta sentencia dentro del plazo establecido por ley.
Redacción.

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